| Tipo de inversión |
Formulario |
Plazo |
Prórroga |
Régimen general
(Compañías y sucursales diferentes a las del sector de hidrocarburos). |
15 |
30 de junio
(vía electrónica) |
No hay |
Régimen especial
(Sucursales de sociedades extranjeras del sector de Hidrocarburos). |
13 |
30 de junio
(vía electrónica o documento físico) |
No hay |
Las sucursales de sociedades extranjeras (del régimen general o especial) y las empresas receptoras de inversión extranjera que por primera vez deseen transmitir electrónicamente los formularios 15 y 13, deben suscribir previamente un acuerdo con el Banco de la República, ingresando a la página www.banrep.gov.co , opción “Servicios Electrónicos de Cambios Internacionales”, enlace “Suscribir Acuerdo”.
Por favor no duden en comunicarse con Antonio Salazar en caso de requerir cualquier asistencia relacionada con lo anterior.
El incumplimiento de estas obligaciones conllevará a la imposición de multas por
violación al régimen cambiario.
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