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Edición 1 // Marzo 2005 |
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En relación con el correo electrónico enviado el lunes de esta semana a nuestros clientes y amigos ("Flash Informativo Inversión Extranjera Prieto & Carrizosa"), nos permitimos informarles que su contenido presentaba un error de formato, que para algunos de ustedes, hacía imposible su lectura. Pueden estar tranquilos que no se trataba de un virus.
Pedimos excusas por los inconvenientes que esto pudo ocasionar y a continuación remitimos nuevamente el Flash Informativo, que pensamos es de interés para todos ustedes. |
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Cancelación del Registro de Inversión Extranjera o de Inversión Colombiana en el Exterior |
| Toda cancelación total o parcial de inversión extranjera en Colombia o de Inversión Colombiana en el exterior que haya tenido lugar en el año 2004 debe ser informada al Banco de la República a más tardar el 31 de marzo de 2005 . Fecha no prorrogable. |
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Registro de Inversión Extranjera en Colombia o de Inversión Colombiana en el Exterior |
| Toda inversión extranjera realizada en Colombia durante el año 2004, bajo las modalidades de sumas con derecho a giro, y toda inversión colombiana realizada en el exterior durante el año 2004, bajo la modalidad de sumas con derecho a reintegro, debe ser registrada ante el Banco de la República a más tardar el 31 de marzo de 2005 . Fecha no prorrogable. |
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Sustitución de Inversión Extranjera en Colombia o de Inversión Colombiana en el Exterior |
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Toda sustitución de inversión extranjera realizada en Colombia durante el año 2004, por cambio en el titular, en la destinación o en la empresa receptora de la inversión, y toda sustitución de inversión colombiana realizada en el exterior durante el año 2004, por cambio en el titular, en la destinación o en la empresa receptora de la inversión debe ser registrada ante el Banco de la República a más tardar el 31 de marzo de 2005 . Fecha no prorrogable. |
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Actualización Registro de Inversión Extranjera- Conciliación patrimonial |
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Todas las sociedades colombianas con inversionistas extranjeros registrados ante el Banco de la República y todas las sucursales de sociedades extranjeras con domicilio en Colombia, deben actualizar anualmente la información patrimonial a más tardar en las fechas indicadas a continuación:
| Tipo de inversión |
Formulario |
Plazo |
Prórroga |
| Régimen general
(Compañías y sucursales
diferentes a las del sector
de hidrocarburos) |
15 |
30 de junio
(vía electrónica)
30 de abril
(documento físico) |
No hay |
| Régimen especial
(Sucursales de sociedades
Extranjeras del sector de
Hidrocarburos) |
13 |
30 de junio |
No hay |
Las sucursales de sociedades extranjeras (del régimen general o especial) y las empresas receptoras de inversión extranjera que por primera vez deseen transmitir electrónicamente los formularios 15 y 13, deben suscribir previamente un acuerdo con el Banco de la República, ingresando a la página www.banrep.gov.co , opción “Servicios Electrónicos de Cambios Internacionales”, enlace “Suscribir Acuerdo”.
El incumplimiento de estas obligaciones conllevará a la imposición de multas por violación al régimen cambiario. |
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